Regulación de los precursores de drogas en la Unión Europea

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La Unión Europea aplica la Convención de las Naciones Unidas de 1988 a través de dos reglamentos del Parlamento Europeo y del Consejo. Estos se complementan con una serie de reglamentos delegados y de aplicación de la Comisión, que establecen las disposiciones en detalle. Estos reglamentos son directamente aplicables en los Estados miembros. Los reglamentos delegados pueden modificarse previa consulta al Grupo de Expertos en Precursores de Drogas, que se reúne periódicamente y está compuesto por representantes expertos de cada Estado miembro de la UE. Los reglamentos aplican la Convención de la ONU de 1988 y se establecen para evitar el desvío de sustancias hacia canales ilícitos. Este es un punto importante, que se mencionará más adelante en el debate. El comercio de precursores de drogas entre la Unión Europea y terceros países está regulado a través del Reglamento (CE) nº 111/2005, modificado por el Reglamento (UE) nº 1259/2013 (véase la versión consolidada). El comercio entre los Estados miembros de la UE está regulado por el Reglamento (CE) nº 273/2004, modificado por el Reglamento (UE) nº 1258/2013 (véase la versión consolidada). Cada versión consolidada contiene un anexo, en el que se enumeran las sustancias a las que se aplica la normativa. Los reglamentos delegados de la Comisión Europea someten nuevas sustancias a medidas de control añadiéndolas directamente a los reglamentos. Las sustancias sometidas a control de este modo incluyen la cloroefedrina y la cloropseudoefedrina (precursores de la metanfetamina) en 2016 y el NPP y el ANPP (precursores del fentanilo y derivados) en 2018. Además, los reglamentos se complementan con herramientas prácticas adicionales, como "Directrices para operadores económicos" y cursos de aprendizaje electrónico para dichos operadores y para las autoridades aduaneras.

Estos reglamentos establecen los procedimientos, las modalidades de trabajo y los límites para los operadores económicos que comercian con precursores de drogas. Las disposiciones incluyen normas para la obtención y comprobación de licencias y registros, obligaciones legales de información, procedimientos de importación y exportación, y la identificación de anomalías o irregularidades ("transacciones sospechosas").

En la normativa de la UE se definen algunos términos, como "sustancia catalogada" y "sustancia no catalogada". Una sustancia catalogada es la que figura en el anexo de la normativa, incluidas las mezclas o los productos naturales (si la sustancia catalogada que contienen puede extraerse fácilmente), pero excluidos los medicamentos que las contengan (salvo los de la categoría 4 del 111/2005). Una sustancia no catalogada es cualquier sustancia que, aunque no figure en el anexo, esté identificada como utilizada para la fabricación ilícita de estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

A escala internacional, la Convención de la ONU de 1988 enumera los precursores químicos de drogas en dos tablas. El Cuadro I contiene sustancias que pueden convertirse fácilmente en drogas controladas o que son esenciales para la fabricación de drogas, mientras que el Cuadro II contiene otras sustancias químicas como disolventes y reactivos utilizados habitualmente para la elaboración de drogas. Las sustancias del Cuadro I están sujetas a controles más estrictos que las del Cuadro II. En la normativa de la UE, todas las sustancias químicas de las Tablas I y II de la ONU se dividen en cuatro categorías, que se describen a continuación. Este sistema de categorización en cuatro niveles permite una mayor flexibilidad en la aplicación de controles, comprobaciones y vigilancia, adaptados a las necesidades de la Unión Europea.

U7IHL4P3CE


Categoría 1
Esta categoría contiene las sustancias que son fácilmente convertibles en drogas controladas y están sujetas a los controles más estrictos. Muchas de ellas figuran en el Cuadro I de la Convención de la ONU de 1988.
SustanciaTabla de la ONUSe utiliza normalmente para fabricar
1-fenil-2-propanona (BMK, P-2-P)IAnfetamina
3,4-metilendioxifenilpro-pan-2-ona (PMK, MD-P-2-P)IMDMA
4-Anilino-N-fenetilpiperidina (ANPP)IDerivados del fentanilo
Alfa-fenilacetoacetonitrilo (APAAN)IAnfetamina
Cloroefedrina-Metanfetamina
Cloropseudoefedrina-Metanfetamina
EfedrinaIMetanfetamina
ErgometrinaILSD
ErgotaminaILSD
Isosafrol (cis + trans)IMDMA
Ácido lisérgicoILSD
Ácido N-acetilantranílicoIMetacualona
NorefedrinaIMetanfetamina
N-fenetil-4-piperidona (NPP)IDerivados del fentanilo
PiperonalIMDMA
PseudoefedrinaIMetanfetamina
SafrolIMDMA
*(Las formas estereoisoméricas de las sustancias enumeradas en esta categoría que no sean la catina (también conocida como (+)-norpseudoefedrina), siempre que sea posible la existencia de dichas formas. Las sales de las sustancias enumeradas en esta categoría siempre que la existencia de dichas sales sea posible y no sean las sales de la catina).

Categoría 2
Esta categoría contiene sustancias muy utilizadas en la industria química y que también son esenciales para la elaboración de drogas (por ejemplo, el anhídrido acético y el permanganato potásico para la elaboración de heroína y cocaína). Proceden del Cuadro I o del Cuadro II de la Convención de 1988.
SustanciaTabla ONUUtilizada normalmente para producir
Anhídrido acético (a)IHeroína
Ácido fenilacéticoIAnfetamina
Ácido antranílicoI IMetacualona
PiperidinaI IFenciclidina
Permanganato potásicoICocaína
*(Las sales de las sustancias enumeradas en esta categoría siempre que sea posible la existencia de dichas sales. (a) En el Reglamento nº 273/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, sobre precursores de drogas, la Categoría 2 se divide en dos subcategorías, figurando el anhídrido acético en la Categoría 2A y los demás enumerados en la Categoría 2B).

Categoría 3
Esta categoría contiene los reactivos y disolventes utilizados habitualmente en la elaboración de drogas que figuran en el Cuadro II de la Convención de 1988.
SustanciaTabla ONUUso típico
Ácido clorhídricoIIReactivo
Cloruro de hidrógeno-Reactivo
Ácido sulfúricoIIReactivo
ToluenoIIDisolvente
Éter etílicoIIDisolvente
Éter dietílico-Disolvente
AcetonaIIDisolvente
MetiletilcetonaIIDisolvente
*(Las sales de las sustancias enumeradas en esta categoría siempre que la existencia de tales sales sea posible y no sean las sales del ácido clorhídrico y del ácido sulfúrico).

Categoría 4
Esta categoría se refiere específicamente a los medicamentos y medicamentos veterinarios que contienen efedrina, pseudoefedrina o sus sales.
SustanciaCuadro ONU
Medicamentos y medicamentos veterinarios que contienen efedrina o sus sales-Metanfetamina
Medicamentos y medicamentos veterinarios que contienen pseudoefedrina o sus sales-Metanfetamina
( La categoría 4 sólo existe en el Reglamento 111/2005 relativo al comercio extracomunitario).



Todas las sustancias que figuran en las listas de la ONU están presentes en las listas de la UE, sin embargo, algunas sustancias químicas adicionales están reguladas en la Unión Europea - se trata de sustancias químicas no presentes en las listas de la ONU que se han utilizado en la fabricación ilegal de drogas en la Unión Europea. Además de las listas de sustancias catalogadas, la JIFE mantiene una lista internacional limitada de vigilancia especial de sustancias no catalogadas. En la Unión Europea, la Comisión Europea mantiene una "lista de vigilancia voluntaria". En caso necesario, las autoridades competentes de los Estados miembros de la UE y la Comisión pueden proponer adiciones a la lista de vigilancia voluntaria para facilitar la identificación de los intentos de desvío y responder rápidamente a las nuevas tendencias.

Las responsabilidades de los operadores económicos que comercian con precursores de drogas se resumen en un cuadro de las "Directrices para los operadores" (véase la figura) elaboradas por la Comisión Europea.
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Los operadores económicos desempeñan un papel clave en la prevención del desvío de precursores de drogas y deben facilitar la identificación de transacciones sospechosas relacionadas con todas las sustancias catalogadas; esto es obligatorio para las categorías 1 a 4, y voluntario y muy recomendable para las sustancias no catalogadas. Estas disposiciones han demostrado su eficacia en relación con las sustancias catalogadas, hasta el punto de que las principales sustancias utilizadas para fabricar anfetamina y MDMA en la Unión Europea (BMK y PMK) rara vez se encuentran. La cooperación voluntaria ofrece la flexibilidad necesaria para responder rápidamente a las tendencias y pautas cambiantes del desvío de precursores de drogas.
 
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Cooperación internacional

Los precursores de fármacos se producen en todo el mundo. Por lo tanto, es esencial que se lleve a cabo una cooperación internacional eficiente y eficaz para evitar su desvío a los países donde se producen las drogas. La cooperación internacional en materia de precursores se ve facilitada por dos herramientas principales en línea desarrolladas por la JIFE. La primera, conocida como sistema electrónico de intercambio de notificaciones previas a la exportación ("PEN Online"), se puso en marcha en marzo de 2006 para facilitar el intercambio de notificaciones previas a la exportación entre el país de exportación y el país de importación. El segundo, lanzado en marzo de 2012, es el Sistema de Comunicación de Incidentes con Precursores (PICS), que facilita la comunicación y el intercambio de información sobre incidentes con precursores entre las autoridades nacionales de 110 países. Cada año se comunican a través de estos sistemas unas 35 000 notificaciones previas a la exportación y entre 200 y 300 incidentes relacionados con precursores (JIFE, 2019). Las notificaciones previas a la exportación pueden dar lugar a que los Estados miembros impidan el suministro de una sustancia química, si la autoridad competente del país receptor no está convencida de la legitimidad del pedido. Esto se conoce como "envío detenido".
Además del marco internacional de cooperación consagrado en la Convención de la ONU de 1988, la Unión Europea ha establecido una cooperación más estrecha con algunos terceros países mediante la celebración de acuerdos bilaterales para prevenir el desvío de precursores de drogas a través de la vigilancia del comercio lícito. En la actualidad, la Unión Europea mantiene acuerdos de "cooperación en materia de control de precursores y sustancias químicas utilizados con frecuencia en la fabricación ilícita de estupefacientes y sustancias psicotrópicas" con 11 países: Bolivia, Chile, China, Colombia, Ecuador, Estados Unidos, México, Perú, Rusia, Turquía y Venezuela. En Europa existe otra vía de cooperación técnica en materia de precursores de drogas. El Grupo Pompidou del Consejo de Europa acoge una red sobre precursores de drogas que se reúne anualmente. Esta red reúne a expertos de las fuerzas del orden, autoridades competentes, magistrados especializados y representantes del Consejo Europeo de la Industria Química.

Precursores de drogas de síntesis producidos en la Unión Europea

Las principales drogas de síntesis producidas en la Unión Europea -anfetamina, MDMA y metanfetamina- se elaboran a partir de los precursores catalogados BMK, PMK, efedrina y pseudoefedrina. Esta sección describe las rutas alternativas a estos precursores que se han notificado en la Unión Europea.


Rutas hacia la BMK

El concepto de utilización de sustancias químicas alternativas para fabricar precursores de drogas catalogadas se conoce desde hace algún tiempo. En Polonia, en la década de 2000 se desmantelaron tres instalaciones clandestinas que fabricaban BMK a partir de ácido fenilacético para su venta a fabricantes de anfetaminas (Krawczyk et al., 2009). En la Unión Europea, quizá el primer ejemplo registrado del uso de una sustancia química alternativa en un laboratorio ilícito se produjo en los Países Bajos en 2008, cuando se detectó el "aducto bisulfito" de BMK. Tal fue la importancia de este hallazgo que, en su informe anual sobre precursores de 2009, la JIFE instó a los gobiernos de todo el mundo a que se mantuvieran vigilantes ante el posible "enmascaramiento químico" de precursores catalogados con fines ilícitos (JIFE, 2009). Desde entonces, la situación no ha dejado de evolucionar, con la introducción de controles sobre nuevas sustancias a menudo seguida de la aparición de sustancias químicas alternativas, lo que plantea problemas para la detección y la identificación y frustra los esfuerzos de reducción de la oferta de drogas. Los laboratorios ilícitos que convierten APAAN en BMK se detectaron por primera vez en Europa en el período 2009-11 (Europol, 2011), y las incautaciones europeas de APAAN ascendieron a bastante más de 40 toneladas en 2013. El APAAN se controló en Europa en diciembre de 2013 y las incautaciones del año siguiente descendieron a 11 toneladas. Posteriormente, el APAAN se incluyó en el Cuadro I de la Convención de las Naciones Unidas de 1988, con efecto a partir del 6 de octubre de 2014. La respuesta a este control fue la aparición del APAA, una sustancia químicamente relacionada con el APAAN (véase la figura), que se detectó por primera vez en Europa a finales de 2012 y se encontró en los denominados "laboratorios de conversión" (lugares donde tiene lugar la fabricación de precursores) en los Países Bajos en 2016. En 2017, una novedad que posiblemente se adelantó al control del APAA fue la aparición del MAPA (Figura). Entre 2017 y agosto de 2019 se han incautado más de 10 toneladas de MAPA en todo el mundo, principalmente en los Países Bajos. En marzo de 2019, la Comisión de Estupefacientes (CND) decidió añadir el APAA a la Tabla I de la Convención de 1988. Del mismo modo que el APAA sustituyó en cierta medida al APAAN cuando fue controlado, es posible que el MAPA se convierta en el próximo producto químico alternativo de elección para producir BMK en Europa.
Mientras que el APAAN se sometió rápidamente a fiscalización en la Unión Europea y después a escala internacional, los derivados glicidénicos de la PMK y la BMK, que aparecieron en 2010 y 2012 respectivamente (JIFE, 2013), aún no han sido objeto de medidas de fiscalización. Se han detectado en laboratorios de drogas ilícitas de la Unión Europea desde 2015. Cabe señalar que los derivados glucídicos de BMK se encuentran con menos frecuencia que los equivalentes de PMK, quizás debido a la disponibilidad de APAAN, APAA y luego MAPA (JIFE, 2019). La programación del APAA en la Unión Europea está prevista para 2020.

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Rutas hacia la PMK

La MDMA, comúnmente conocida como "éxtasis" cuando se encuentra en forma de comprimidos, se produce principalmente a partir de la PMK, que a su vez puede producirse a partir del piperonal y el safrol (y aceites ricos en safrol). El comercio lícito mundial de PMK es casi inexistente. Se sabe que el comercio lícito de piperonal es significativo, mientras que el de safrol y aceites ricos en safrol es considerablemente más limitado. Desde la década de 2000, estos productos químicos se importan principalmente de Asia.

Las incautaciones de safrol y aceites ricos en safrol y de PMK disminuyeron considerablemente entre 2008 y 2012, periodo que coincidió con la menor disponibilidad de MDMA en Europa. Aunque las incautaciones de estas sustancias en los últimos años han sido poco frecuentes, no han desaparecido por completo; por ejemplo, en 2017 se incautaron en los Países Bajos más de 4 toneladas de PMK y casi 3 000 litros de safrol.

Como ya se ha mencionado, la PMK puede producirse a partir de sustancias químicas alternativas, como los derivados glucídicos de la PMK y sus sales y ésteres. Las incautaciones de estas sustancias se detectaron por primera vez en Europa en 2010, y por primera vez se encontraron en laboratorios de producción ilícita de drogas sintéticas en los Países Bajos en 2015, quizás como resultado de la escasa disponibilidad de safrol en los años anteriores.

En 2014, durante una encuesta de la JIFE sobre el uso de sustancias químicas alternativas, varios gobiernos mencionaron una sustancia denominada "helional" (2-metil-3-(3,4-metilendioxifenil)propanal), precursora de la MDMA y otras sustancias similares. En mayo de 2014, las autoridades neerlandesas informaron de la incautación de 800 litros de helional en un "almacén clandestino"; también se incautaron más de 500 kilogramos de APAAN en el mismo lugar (JIFE, 2015), lo que indicaba que la evolución de los precursores seguía evolucionando y que era esencial una vigilancia cuidadosa y continua.

Los datos sobre incautaciones confirman que, como se ha señalado anteriormente, los derivados glucídicos de la PMK son las sustancias alternativas más comunes utilizadas para producir PMK en la Unión Europea.

En 2017, se realizó una incautación de "3,4-metilendioxifenilacetonitrilo" en Francia. Esta sustancia es a la PMK lo que el APAAN es a la BMK, lo que demuestra claramente la interacción entre las sustancias químicas alternativas utilizadas para producir precursores de drogas para la fabricación ilícita de drogas.

La CND decidió en marzo de 2019 añadir los derivados glucídicos de la PMK a la Tabla I de la Convención de 1988 (al mismo tiempo que la decisión de controlar el APAA).
 
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Vías de obtención de la efedrina

La efedrina y la pseudoefedrina son precursores de drogas controlados internacionalmente. Son los principales precursores utilizados para la producción de metanfetamina en Chequia, Bulgaria, Alemania, Polonia y Eslovaquia. La producción a base de efedrina y pseudoefedrina da como resultado la d-metanfetamina ("metanfetamina cristalina" o "ice"). La efedrina y la pseudoefedrina pueden extraerse de los medicamentos, y algunos Estados miembros de la UE, como la República Checa, y más recientemente Alemania y Polonia, han aplicado restricciones nacionales a la venta de dichos medicamentos. En estos Estados miembros, la venta se limita a envases de pequeño tamaño vendidos bajo la supervisión de un farmacéutico. Sin embargo, no existe un planteamiento armonizado al respecto a escala de la UE, y la venta de medicamentos que contienen efedrina o pseudoefedrina no está restringida en todos los Estados miembros. Esto ha dado lugar al tráfico de dichos medicamentos desde fuera de la Unión Europea o desde Estados miembros de la UE con regímenes de venta menos restrictivos hacia Estados miembros en los que se produce metanfetamina.

En un caso aparentemente aislado ocurrido en Chequia en 2014, se descubrió que la efedrina se producía mediante un método novedoso que utilizaba l-PAC, que puede sintetizarse con relativa facilidad a partir de una levadura especialmente modificada, dextrosa y benzaldehído.

La cloroefedrina es también un precursor para la producción de d-metanfetamina. Se descubrieron cantidades de varias toneladas de este precursor durante operaciones policiales en Chequia y Alemania, también en 2014. La cloroefedrina es un producto químico intermedio, producido como parte del proceso de síntesis de la metanfetamina, y no tiene ningún uso lícito. Desde julio de 2016, tanto la cloroefedrina como la cloropseudoefedrina están catalogadas como precursores de drogas en la Unión Europea.

Los productos químicos alternativos utilizados para producir efedrina no parecen haber ganado terreno en la producción de metanfetamina en Europa, tal vez debido a la disponibilidad de sustancias alternativas o a la rápida respuesta del sistema regulador. Sin embargo, estos hechos sugieren claramente que los productores de drogas sintéticas ilícitas llevan a cabo sus propias actividades de investigación y desarrollo para adelantarse a la normativa.
 
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Ruta "sin precursores

Un avance reciente y significativo en materia de precursores de drogas en la Unión Europea es el uso de sustancias no catalogadas que pueden convertirse en drogas ilícitas sin necesidad de recurrir en absoluto al típico precursor de drogas. Éstas se crean produciendo la droga y luego fabricando un derivado que se convierte fácilmente de nuevo en la droga. El número de estos casos detectados y notificados hasta la fecha ha sido bajo. Su existencia, sin embargo, apunta a una novedad preocupante y potencialmente importante en el campo de los precursores. Aunque técnicamente estas sustancias pueden considerarse precursores, son fundamentalmente diferentes de todos los demás precursores, ya que contienen la molécula completa de la droga ilícita con un grupo químico adjunto, lo que la convierte en una entidad química diferente y, por tanto, queda fuera de los regímenes internacionales de control de drogas ilícitas y precursores de drogas. Este es otro ejemplo de desarrollo químico innovador por parte de los productores de drogas ilícitas, utilizando lo que en química orgánica se conoce como técnicas de protección/desprotección. El uso de estas técnicas minimiza los riesgos asociados al tráfico internacional de drogas ilícitas y precursores de drogas.

Este método se documentó por primera vez en Europa en diciembre de 2016, cuando se detectaron N-t-BOC-MDMA y N-metoxicarbonil-MDA en los Países Bajos. Mediante un proceso rudimentario de calentamiento en condiciones ácidas durante un tiempo relativamente corto, estas sustancias se convierten fácilmente en las drogas ilícitas MDMA y MDA, respectivamente. Según la JIFE, la primera detección de N-t-BOC-MDMA se produjo en Australia en 2015. El derivado metanfetamínico correspondiente, la N-t-BOC-metanfetamina se identificó posteriormente en China en 2015 y en Nueva Zelanda en enero de 2017, donde se encontró en un envío importado de China (JIFE, 2018). La N-t-BOC-metanfetamina no se ha detectado en Europa (a fecha de agosto de 2019).
 
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DEA:)

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¿Hay alguna forma buena de conseguir ácido lisérgico o ergotamina? He oído que se pueden obtener hongos del cornezuelo de centeno de agricultores ecológicos, por ejemplo. ¿Es viable la extracción a partir de semillas de jara u otras plantas que contengan ácido lisérgico?
 

HIGGS BOSSON

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Obtener ergotamina a partir del cornezuelo del centeno es una actividad muy peligrosa, Hofman escribió sobre ello en su libro LSD my troubled child.
 

DEA:)

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sí, he leído mucho de hofman en mis veinte años, pero una vez me un tipo que supuestamente era un farmacéutico haciendo su propio, por desgracia nunca se puso en contacto conmigo después de que lo conocí en esta fiesta mientras se tropezando bolas. oh, y él me dijo que él recoge su esa manera. Pero yo mismo estoy muy preocupado por la necrosis^^. Por otro lado, mientras investigaba el sinte de anfetaminas, tuve la sensación de que tratar con mercurio es igual de peligroso. (Ya estoy paranoico estoy loco hatting, después de un no muy bien planeado ... situación :)
 

DEA:)

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Ah, y añadir esto aquí:

La normativa de la UE sobre productos químicos es MUY estricta desde el año pasado. Basta con hacer un pedido de ácido sulfúrico e intentar pagarlo con algo que no sea una transferencia bancaria para que el comerciante tenga que informar de ello a los federales. Tal vez es sólo mi país sucky, pero mantenerse a salvo, ya he intentado pedir algo de una manera que debería haber sido reportado con las nuevas regulaciones. No sé, probablemente demasiado menos y tiene otros usos, etc, pero en serio me enferma con estas leyes de drogas de mierda. Incluso si usted consigue cosas prescrito su maldito trabajo y molestia. Ok, para, no despotriques.
 

btcboss2022

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Hola,

¿alguna información sobre el sintetizador BMK de MAPA?
Gracias.
 

btcboss2022

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He encontrado que entra en BMK por hidrólisis con ácido sulfúrico y agua como APAAN pero no encuentro proceso detallado con cantidades :-(
 

king211

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alguien tiene un gancho de efadrina pls hágamelo saber ...
 

KokosDreams

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No me quejaré, pero que no se restrinja el P2NP no tiene sentido, por desgracia sólo es cuestión de tiempo tho
 
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